Objetivo

El Programa Creadores se plantea como objetivo promover la creación de calidad de obras audiovisuales y sonoras de los alumnos y antiguos alumnos de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Comunicación de la Universidad CEU Cardenal Herrera, como un instrumento que enriquece su formación personal, artística, académica y profesional.

Recursos

Los recursos materiales que se destinan al Programa Creadores son las instalaciones y medios técnicos de los que dispone el Centro de Producción Audiovisual Bartolomé Serra Marqués de la CEU UCH. El disfrute de dichos medios e instalaciones estarán a disposición del alumno que viera aprobado su proyecto, según las normas establecidas en las bases del programa.

A continuación podrás consultar las bases del Programa Creadores:

  • Podrán acogerse a este programa los estudiantes de los Grados de Comunicación de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Comunicación de la Universidad CEU Cardenal Herrera, así como los alumni que se hubiesen graduado en dichas titulaciones hasta un máximo de dos años a contar desde septiembre del curso académico en el que terminaron sus estudios.
  • La Universidad CEU Cardenal Herrera es la institución promotora del Programa Creadores y así debe identificarse claramente al inicio de los títulos de crédito poniendo su logotipo, y en cualquier referencia a la obra por cualquier medio o soporte (web, folletos...). No se permite la utilización de ningún nombre de productora, sea real o ficticio.
  • Los beneficiarios de una ayuda del Programa Creadores autorizan a la Universidad CEU Cardenal Herrera y a la Fundación San Pablo CEU a ejercer los derechos de reproducción y comunicación pública de su obra, conforme a lo dispuesto en el art. 20 de la Ley de Propiedad Intelectual, en la modalidad de proyección o exhibición públicas de las obras audiovisuales realizadas en el seno del Programa Creadores, con fines académicos y de promoción de la institución. Este derecho se ejercerá sin impedimento del libre uso por parte de sus autores, quienes conservan los derechos de propiedad intelectual reconocidos por la Ley.
  • Podrá denegarse la aprobación del proyecto para aquellas obras que contravengan el ideario de la Universidad CEU Cardenal Herrera o cuando se entienda que no cumplen unas determinadas condiciones de calidad.
  • El Comité de Aprobación del Programa Creadores estudiará las solicitudes presentadas y resolverá, a la vista de las solicitudes y documentación presentada, la aprobación o denegación del proyecto. Contra esta decisión no cabe apelación alguna. La resolución se comunicará por correo electrónico a la dirección facilitada por el interesado en su instancia de solicitud.
  • En el caso de que las solicitudes carezcan de alguna información solicitada en la instancia o de alguno de los documentos que se deben acompañar, el Comité de Aprobación requerirá a los interesados para que, en un plazo de cinco días hábiles, se subsanen las anomalías, procediéndose en caso contrario al archivo de la solicitud, debiendo considerarse desestimada la petición, sin más trámite.
  • El préstamo de las instalaciones (cabinas de edición, estudio de grabación...) y del equipamiento técnico (cámaras, focos, micrófonos...) está condicionado a la disponibilidad que permitan las clases regladas, siempre prioritarias. El Coordinador del CPAB podrá retirar un permiso de empleo de material y/o instalaciones ya concedido, si las necesidades académicas o institucionales lo requieren.
  • El beneficiario debe conocer el funcionamiento de los equipos e instalaciones del centro de producción, de manera que sea autónomo a la hora de realizar sus obras audiovisuales o sonoras. El personal técnico o los becarios de colaboración podrán, siempre que su trabajo se lo permita, facilitar ayudas puntuales, pero no de una manera continuada o reiterada.
  • El firmante de la solicitud de material y el resto de los miembros de su equipo aceptan hacerse responsables del pago económico que pueda derivarse de la reparación o compra por cualquier desperfecto, rotura o desaparición del material que se les hubiese prestado. Es potestad única de la Universidad la petición de presupuestos de compra o reparación a las empresas que entienda oportunas y el beneficiario del Programa Creadores acepta este procedimiento y el coste de la factura presentada.
  • Siempre que se vayan a introducir y usar medios técnicos ajenos a la Universidad CEU Cardenal Herrera dentro del CPAB se tendrá que comunicar dicha circunstancia en el apartado de "Observaciones" o “Comentario” en la instancia de solicitud. La Universidad no se hace responsable del extravío, avería o desperfectos de material ajeno usado en sus estudios, ni cubre los gastos de su compra o alquiler.
  • En consonancia con los fines del Programa Creadores, en ningún caso se autorizarán aquellos usos de los que se desprendan fines marcadamente domésticos o claramente comerciales, tales como realización de eventos familiares o sociales, o vídeos y programas realizados para productoras, emisoras de televisión o de radio (remuneradas o no), o que se pretendan ceder o vender posteriormente a ellas. No se entiende como finalidad comercial el logro de premios en festivales o certámenes audiovisuales.
  • Los beneficiarios podrán presentar sus obras a festivales o concursos audiovisuales, radiofónicos o de cualquier otra índole, respetando en todo caso las bases y obligaciones del Programa Creadores. La Universidad CEU Cardenal Herrera actúa en apoyo desinteresado de sus estudiantes y alumni, por lo que cualquier premio en metálico, especie o subvención obtenida por sus autores en festivales, concursos y eventos similares será de disfrute exclusivo para ellos. En ningún caso la Universidad se hace responsable de dichos acuerdos económicos, ni entrará a valorar o mediar entre los participantes de las obras por posibles discordias en estos aspectos.
  • Es requisito indispensable para la participación en el Programa Creadores ser titulares de los derechos de propiedad intelectual por el uso de obras preexistentes (imágenes, músicas, relatos…) o disponer de la autorización de sus propietarios. Así mismo garantizan que no existen derechos de terceros, ni reclamación alguna por derechos de imagen de las personas que aparezcan en ellas. La Universidad se exime de cualquier responsabilidad que pueda derivarse de la infracción de esta norma.
  • Los estudiantes y alumni beneficiarios adquieren los siguientes compromisos:
    • Cumplir las normas que se les señale para el uso de los espacios e infraestructuras cedidas.
    • Realizar las obras objeto de la ayuda en el plazo aprobado.
    • Entregar una copia en calidad HD en un plazo de 30 días a contar desde el día de finalización del proyecto. Las copias quedarán en depósito en el Repositorio Institucional de la Universidad, a través del cual podrán ser objeto de consulta siguiendo las normas de la Biblioteca-CRAI de la Universidad CEU Cardenal Herrera.
    • Incluir el logotipo de la Universidad CEU Cardenal Herrera y el logotipo del Programa Creadores al inicio de la obra, sobre una pantalla en negro y en tiempo de lectura suficiente (al menos durante tres segundos). Dichos logotipos deberán incluirse de nuevo al final de la obra, durante los títulos de crédito, en la forma que el creador considere. En las obras sonoras, se hará una mención expresa al Programa Creadores de la Universidad CEU Cardenal Herrera, tanto al inicio como al final. En los proyectos fotográficos, se incluirán los citados logotipos en la primera y última página del documento.
  • El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o normas que se establecen en las presentes bases acarreará la suspensión inmediata de la realización del proyecto o la imposibilidad de volver a presentar un nuevo proyecto al programa, aunque sea como miembro del equipo.
  • La participación en el Programa Creadores implica la aceptación plena de las normas que lo regulan.

Solicitudes y documentación a presentar

Las personas interesadas y que se atengan a los requisitos anteriores, podrán solicitar el uso de los medios técnicos y/o de las instalaciones del Centro de Producción Audiovisual Bartolomé Serra Marqués a través del siguiente formulario:

Formulario de solicitud

Deberá adjuntarse la siguiente información:

  • Ficha técnica, de las personas participantes, con indicación del curso, grupo y titulación en que se encuentran matriculados. Si se trata de alumni, harán constar el curso de finalización de sus estudios.
  • Desarrollo del contenido. En el caso de proyectos de Ficción: guion de la obra. / En el caso de proyectos Documentales o Fotográficos: una explicación escrita y detallada del proyecto (objetivos, referentes, etc.). / En el caso de proyectos Musicales: entregar también las letras de las canciones. / En función del caso concreto, podrá pedirse documentación adicional.
  • Plan de trabajo. Se indicará el número de días de grabación en estudio o en exteriores, explicitando las fechas concretas, y el número de días y fechas de edición y sonorización estimados. También se indicarán las localizaciones de grabación.
  • Medios técnicos e instalaciones que se solicitan. Detalle del material técnico que se vaya a emplear (micrófonos, cámaras, focos, pértiga, baterías...) así como de las instalaciones (Plató 1, Control 1, Plató 2, Control 2, cabina de edición, estudios de grabación de sonido, estudio de fotografía, locutorio y control principal de radio...). Los materiales fungibles serán aportados por los estudiantes.
  • Observaciones . Exponer cualquier apreciación que se considere de interés o que esté requerida por estas bases.

Además, los proyectos que sean aprobados, deberán adjuntar en un plazo de una semana desde la comunicación de la aceptación:

  • Autorización para la comunicación pública de obras y grabaciones audiovisuales, firmado por el alumno que realiza la solicitud.
  • Contratos de cesión de derechos de imagen, firmado por quienes vayan a apaercer en el proyecto (actores, modelos, etc.). El contrato es entre dichas personas, ajenas a la Universidad, y el alumno solicitante del proyecto, indicando los datos de cada uno, así como el título de la obra final.
  • Contratos de cesión de derechos de autor. Si el alumno solicitante del proyecto va a utilizar músicas, vídeos o imágenes que no le pertenecen, el propietario de esas creaciones ha de firmarle un documento de cesión de derechos de autor. El contrato es entre dichas personas, ajenas a la Universidad, y el alumno solicitante del proyecto, indicando los datos de cada uno, así como el título de la obra final.

Los modelos de los anteriores documentos se enviarán al alumno solicitante en el mail de confirmación de la aprobación del proyecto.

El envío de proyectos al Programa Creadores se podrá realizar en los siguientes periodos:

  • Del 16 de septiembre de 2024 al 11 de octubre de 2024. La Comisión se reunirá para estudiar todas las solicitudes realizadas durante este periodo en la semana del 14 al 20 de octubre de 2024 y la resolución se comunicará en un periodo máximo de cinco días hábiles a partir del 21 de octubre de 2024.
  • Del 4 al 28 de noviembre de 2024. La Comisión se reunirá para estudiar todas las solicitudes realizadas durante este periodo del 4 al 5 de diciembre de 2024 y la resolución se comunicará en un periodo máximo de cinco días hábiles a partir del 9 de diciembre de 2024.
  • Del 7 al 31 de enero de 2025. La Comisión se reunirá para estudiar todas las solicitudes realizadas durante este periodo del 3 al 7 de febrero de 2025 y la resolución se comunicará en un periodo máximo de cinco días hábiles a partir del 10 de febrero de 2025.
  • Del 3 al 28 de marzo de 2025. La Comisión se reunirá para estudiar todas las solicitudes realizadas durante este periodo del 31 de marzo al 4 de abril de 2025 y la resolución se comunicará en un periodo máximo de cinco días hábiles a partir del 7 de abril de 2025.
  • Del 5 al 30 de mayo de 2025 (las solicitudes de este periodo sólo son válidas para proyectos a desarrollar en septiembre-octubre de 2025). La Comisión se reunirá para estudiar todas las solicitudes realizadas durante este periodo del 2 al 6 de junio de 2025 y la resolución se comunicará en un periodo máximo de cinco días hábiles a partir del 9 de junio de 2025.

Comisión de aprobación

La Comisión de selección de los proyectos presentados está compuesta por:

  • Presidente: Vicedecano de Comunicación Audiovisual.
  • Secretario de la Comisión: Coordinador del CPAB
  • Vocales: Director del Departamento de Comunicación Audiovisual y Publicidad y Representante del profesorado de Comunicación Audiovisual (en caso de coincidir con alguna de los cargos anteriormente mencionados se designará a un profesor del área)

Las funciones del Presidente de la Comisión serán:

  • Dirigir y coordinar a los miembros de la Comisión.
  • Velar por el correcto funcionamiento del Programa Creadores y decidir en situaciones excepcionales no contempladas por las bases.
  • Actuar ante posibles incumplimientos por parte de los participantes.

Las funciones del Secretario de la Comisión serán:

  • Convocar a la Comisión cuantas veces sean necesarias, según los periodos en que esté vigente el Programa Creadores, a fin de atender las solicitudes presentadas y su aprobación o denegación en plazo breve.
  • Comunicar las resoluciones por correo electrónico a la dirección facilitada por el interesado en el formulario de solicitud.
  • Comprobar que las solicitudes cumplen lo establecido y, en caso contrario, requerir a los solicitantes cualquier documento o información que sea preciso.
  • Hacer el seguimiento de las obras en proceso y recibir las obras unas vez finalizadas en el plazo establecido en las bases.

Las funciones de los Vocales de la Comisión serán:

  • Asistir a las reuniones convocadas por el Secretario de la Comisión.
  • Participar en la toma de decisiones sobre las solicitudes presentadas siguiendo como criterio lo establecido en las bases del Programa Creadores.